lunes, 1 de junio de 2015

CICLO MQ DFD

Pues como su nombre lo indica es un ciclo, que funciona con condicion tambien, la condicion no es como el de “decision” que vimos en la clase7 si no que trata de ” hacer algo mientras que esto este pasando “.
Donde declaramos lo que queremos “hacer esto“… y tambien declaramos el tope, es decir cuando va a culminar, eso es en la parte “mientras que” esto tengamos – esto este pasando – esto valga tanto – etc..


ESTUDIANTES

Estudiante    Nota1 nota 2      promedio    aprobo?
gabriela 84 76 80   APROBO
lucia 58 68 63  REPROBO
daniel 69 96 82,5  APROBO
mario 100 20 60  REPROBO

ESTADO FINANCIERO

PRODUCTO VALOR ENERO FEBRERO TOTAL
JABÓN 2000 4000 16000 20000
CAMA 180000 1080000 900000 1980000
GALLETAS 1000 40000 15000 55000
SILLA 15000 75000 90000 165000
MESA 25000 100000 75000 175000

jueves, 28 de mayo de 2015

nota debito






 Nota de Débito

Es un comprobante que una empresa envía a su cliente, en la que se le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que se indica en la misma nota. Este documento incrementa el valor de la deuda o saldo de la cuenta, ya sea por un error en la facturación, interés por mora en el pago, o cualquier otra circunstancia que signifique el incremento del saldo de una cuenta.

Función de la Nota de Débito

Es el documento que envía un comerciante a su cliente, en la que le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la misma indica. Este documento incrementa la deuda, ya sea por un error en la facturación, interés por pago fuera de término, etc.

En qué casos se usa la Nota de Débito

En los bancos: Cuando se carga al cliente de una comisión o sellado que se aplicó a un cheque depositado y girado sobre una plaza del interior.
En los comercios: Cuando se pagó el flete por envío de una mercadería; cuando se debitan intereses, sellados y comisiones sobre documentos, etc.

QUE ES UNA NOTA A CREDITO?

¿QUÉ ES UNA NOTA A CREDITO?


Una nota de crédito es un documento legal que se utiliza en transacciones de compras y ventas donde interviene un descuento posterior a la emisión de la factura, una anulación total, un cobro de un gasto incurrido de más, devolución de bienes.

Es un comprobante que una empresa envía a su cliente para acreditar la devolución de un valor determinado, por el concepto que se indica en la misma nota.

CHEQUE DE CAJA



¿QUE ES UN CHEQUE DE CAJA?




El  cheque es  un documento  mediante  el  cual se solicita a un  banco  el  pago  de  cierta cantidad  de dinero.

El cheque de  caja   es  una  orden  de  pago  que el  banco  realiza  para que  sea  cobrada  ahí mismo,  o en su caso,  para  que su  importe  sea depositado  en  la cuenta bancaria que el beneficiario tenga en esa institución.

Representa  una  de las formas de pago que mayor seguridad ofrece para quien lo cobra, porque garantiza que siempre existen fondos para cobrarlo.


¿QUIÉNES INTERVIENEN EN LA ELABORACIÓN DE CHEQUES DE CAJA  Y  DE CUÁLES SON  SUS OBLIGACIONES?

1. El banco  como institución  a  la que se le solicita  la emisión  o elaboración  del cheque. El banco tiene la obligación de emitir un cheque de caja por el monto  que el interesado  haya solicitado  y  deberá pagarlo  al  momento  de  recibirlo.

2.  El  usuario,  o  comprador  del  cheque  es la persona que paga al banco, o  realiza  el depósito  por  el  importe  por el  que elaboró tal  cheque. Es la persona  que acude al mostrador del banco para solicitar  la compra de un cheque  de caja .

 

¿CÓMO  OBTENER  UN  CHEQUE DE  CAJA?
Un  cheque  de caja  se obtiene  de  dos  formas:

a) Cuando  no  se tiene  cuenta  bancaria  en la institución  que lo emite, se debe  entregar una cantidad de dinero  en  efectivo  igual  al monto por el que se expedirá el cheque de caja.

b) Cuando  se tiene  una cuenta  en el banco, sólo se le indica a éste  que cargue en dicha cuenta, el monto por el cual  se expide el cheque de  caja.

En ambos casos el banco cobra una comisión por la emisión de estos  cheques.

El beneficiario  de este  tipo  de cheques cuenta con la ventaja de que nadie más  que  él mismo podrá cobrarlo, suponiendo,  por ejemplo, que lo extravíe o le  sea robado.       


 ADVERTENCIAS:

Ø      El cheque  de caja NO ES ENDOSABLE, por eso, únicamente podrá  cobrarlo  el beneficiario,  esto es para su propia seguridad.

Ø      El cheque de caja  siempre  deberá  ser expedido a nombre de una persona  o  empresa determinada, es decir, nominativo, lo que significa que no podrá  emitirse al portador.



RECOMENDACIONES:
 


Ø      Es importante que al  recibir un cheque de caja revise que haya sido  firmado por dos funcionarios  del  banco que lo emite.

Ø      Verifique  también  que  tenga  escrito  el número   de clave de empleado de ambos funcionarios.

Ø      Deberá  revisar  cuando  alguien le pague con un cheque  de  caja,  que  la  cantidad  escrita en números, sea la misma que la escrita  con letras.

     
 


“Cheque de caja”. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). Vicepresidencia Técnica. Subdirección de Apoyo Técnico de Divulgación. Nº 77. Mayo de 2001


DOCUMENTO COMERCIAL

¿QUE ES UN DOCUMENTO COMERCIAL?



Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de vital importancia para mantener un apropiado control de todas las acciones que se realizan en una compañía o empresas.
Su misión es importante ya que en ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación. También ayudan a demostrar la realización de alguna acción comercial y por ende son el elemento fundamental para la contabilización de tales acciones.
Finalmente estos documentos permiten controlar las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.
 La misión que cumplen los documentos comerciales es de suma importancia, conforme surge de lo siguiente:
 ·         En ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones.
·          Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para demostrar la realización de los actos de comercio
·         Constituyen también el elemento fundamental para la contabilización de dichas operaciones.
·         Permiten el control de las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.
Utilidad:
Son una constancia de las operaciones realizadas.
Constituyen la base del registro contable de las operaciones realizadas.
Clasificación:
  • Externos
  • Internos De uso interno
De uso externo
Los comprobantes externos son aquellos emitidos fuera de la empresa y luego recibidos y conservados en la empresa. Ej.: facturas de compras, recibos de pagos efectuados, etc.
Los comprobantes internos son los documentos emitidos en la empresa que pueden entregarse a terceros o circular en la misma empresa. Ej.: facturas de ventas, recibos por cobranzas, presupuestos, vales.
Por otra parte, no solamente se registran los documentos comerciales: los instrumentos públicos (escrituras, hipotecas) y privados (contratos de arrendamiento, depósito) y cualquier comprobante que sea respaldo de una registración contable, es fuente de información (planillas de sueldos, informes).
Obligados a emitir documentos comerciales:
Quienes comercializan cosas muebles.
Quienes comercializan o prestan servicios.
Quienes se dedican a la locación de bienes.
Conservación:
Los documentos comerciales deben ser conservados por diez años contados desde la fecha de emisión del documento.
 Comprobantes que intervienen en:
CONCERTACIÓN DE LA OPERACIÓN
Orden de compra o Nota de pedido
Nota de venta
DESPLAZAMIENTO DE LA MERCADERÍA
Remito
Factura
Ticket
CIRCULACIÓN DE VALORES
Contado: Cheque
Crédito: Recibo
Nota de débito
Nota de crédito
Resumen de cuenta
Pagaré
Nota de pedido o de compra
Es un documento mediante el cual una persona o empresa formula un pedido de compra a un comerciante. Este documento comercial no obliga a realizar la operación.
Deberán extenderse cómo mínimo dos ejemplares: uno que queda en poder del que lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega o envía al vendedor.
Nota de ventas
Se llama nota de venta al documento comercial en el que el vendedor detalla las mercaderías que ha vendido al comprador, indicando, cantidad, precio, fecha de entrega, forma de pago y demás condiciones de la operación.
Aceptado el pedido por parte del vendedor, este formula la Nota de Venta, por la que toma a su cargo el compromiso de entregarle la mercadería que se detallan en la misma, y el comprador se obliga a recibirlas. Este documento comercial obliga a ambas partes a realizar la operación en los términos establecidos.
Remito
Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura.
El remito se extiende por triplicado: el original firmado por el vendedor se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del comprador por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina ala sección facturación para que proceda ala emisión de la factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito par constancia de las mercaderías salidas.
Factura
Es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta.
Con este documento se hace el cargo al cliente y se contabiliza su deuda a favor del vendedor. Para el comprador es el documento que justifica la copra y con su contabilización queda registrado su compromiso de pago.
Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y con el se contabiliza la venta y el cargo al comprador.
La factura es el documento principal de la operación de compraventa con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad y medio de prueba legal
Requisitos:
Respecto del vendedor:
Nombre y apellido, o razón social.
Domicilio legal.
Clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.).
Número de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos.
Condición respecto al Impuesto al Valor agregado.
Fecha de emisión
Numeración preimpresa, consecutiva y progresiva.
Código de identificación del documento (A, B o C).
Fecha de inicio de las actividades en el local habilitado para las ventas.
Respecto del comprador:
Nombre y apellido, o razón social.
Domicilio.
Condición respecto del IVA.
Clave única de identificación tributaria.
Número de inscripción en los ingresos brutos.
Respecto de la mercadería vendida:
Cantidad y descripción.
Precio unitario.
Importe total.
Condiciones de venta.
Número de remito.
Respecto de la imprenta:
Nombre y apellido, o razón social.
Clave única de identificación tributaria.
Fecha en la que se realizó la impresión.
Primero y último números de los documentos impresos.
Número de C.A.I. (Código de Autorización de Impresión).
Fecha de vencimiento.
Nota de débito
Llámase así a la comunicación que envía un comerciante a su cliente, en la que le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la misma indica. Este documento incrementa la deuda, ya sea por un error en la facturación, interés por pago fuera de término, etc.
Varios son los casos en que se utiliza este documento, siendo algunos los siguientes:
En los bancos: cuando se carga al cliente de una comisión o sellado que se aplicó a un cheque depositado y girado sobre una plaza del interior.
En los comercios: cuando se pagó el flete por envío de una mercadería; cuando se debitan intereses, sellados y comisiones sobre documentos, etc.
Nota de crédito
Es el documento en el cual el comerciante envía a su cliente, con el objeto de comunicar la acreditación en su cuenta una determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma.
Algunos casos en que se emplea: roturas de mercaderías vendidas, rebajas de precios, devoluciones o descuentos especiales, o corregir errores por exceso de facturación.
Cheque
Llámase cheque a una orden de pago pura y simple librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en descubierto.
Como queda dicho el cheque es una orden de pago, no una promesa de pago como el caso del pagaré; entonces se deduce que debe ejecutarse por el banco a la presentación del documento con las modalidades particulares establecidas para cada tipo de cheque.
Modos de extender un cheque.
a)         al portador
b)         a favor de una persona determinada, con la cláusula "a la orden o sin ella".
c)         a favor de una persona determinada, con la cláusula "no a la orden u otra equivalente".
Recibos
El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero. Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de la extinción parcial o total de la deuda.
Pagaré
Llamase pagaré al documento por el cual una persona se compromete a para a otra, o a quien ésta indique, una suma de dinero determinada, en una fecha establecida y en un domicilio estipulado.
Resumen de cuenta
Es usual remitir a los clientes a fin de cada mes un resumen de su cuenta, con la finalidad de:
Comprador: le permite cotejar el saldo pendiente de pago que figura en el resumen de Cuenta con el que surge de sus propios registros.
Vendedor: es una forma de recordarle al cliente el saldo pendiente.
SE REALIZAN COMO COMPROBANTE INTERNO.